Reuniones no presenciales por Covid-19, ¿qué dice el decreto 398 del 2020?

Reuniones no presenciales por Covid-19, ¿qué dice el decreto 398 del 2020?

El coronavirus es una pandemia y, por lo tanto, debe tratarse como tal. Le contamos las medidas que ha tomado el Gobierno Nacional para que las personas no tengan que salir de casa.

Tiempo de lectura

2 Minutos

El coronavirus no es una gripa cualquiera. En las últimas semanas más de 162 países del mundo entraron en emergencia sanitaria por la llegada del virus. Y Colombia no fue la excepción: el pasado 12 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, que indica que “se declara la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19 y se adoptan medidas para hacer frente al virus”.

Así pues, desde el Gobierno Nacional se han tomado diferentes decisiones para que las personas permanezcan en sus casas, tomen medidas de precaución y puedan continuar con sus labores de manera virtual. En esta dirección, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo emitió una modificación mediante el Decreto 398 del 13 de marzo de 2020, con respecto a la realización de reuniones no presenciales de juntas de socios, asambleas generales de accionistas o juntas directivas. La medida se toma para evitar desplazamientos y no propagar el virus.

Medidas tomadas por el MINCIT en Colombia a causa del Coronavirus

Tenga en cuenta estos puntos para que las reuniones virtuales se hagan de manera correcta

+ Para que sus reuniones no tengan contratiempos, convoque a todos los miembros y asociados con anticipación y asegúrese de que todos tengan disponibilidad.

+ Asegúrese de que todos los miembros y asociados tengan los medios tecnológicos para asistir de manera virtual a las reuniones.

+ Si usted es el representante legal, haga un acta en la que marque los puntos que se trataron en la reunión, tal y como sucedería si fuera presencial.

Tips para realizar reuniones virtuales de forma correcta.

Teniendo en cuenta los puntos anteriores, podrá realizar de manera efectiva las reuniones no presenciales de juntas de socios, asambleas generales de accionistas o juntas directivas; y evitar de esta manera que las decisiones importantes que toman en estas juntas se aplacen y tengan consecuencias más adelante

Califique este contenido
   5    (2 calificaciones)
* Recuerde que para esto, debe estar registrado
Comparta este contenido

“Queremos contarte que utilizamos cookies para mejorar nuestros servicios y mostrarte contenido y ofertas comerciales relacionadas con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información aquí."