CONOZCA LOS TIPOS DE SOCIETARIOS PARA CREAR EMPRESAS CON AMIGOS O SOCIOS

CONOZCA LOS TIPOS DE SOCIETARIOS PARA CREAR EMPRESAS CON AMIGOS O SOCIOS

Definir responsabilidades, número de socios o porcentajes de participación son algunos de los temas que debe evaluar al elegir algún tipo de sociedad. Revise esta guía antes de crear su empresa.

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Durante el año 2019, según el Informe de Dinámica de Creación de Empresas elaborado por Confecámaras, en Colombia se crearon 309.463 empresas, lo que significó un aumentó en 2.1%, con respecto al año 2018. Del total de unidades registradas, 75,7% corresponden a personas naturales y 24,3% a sociedades.

Si usted está pensando en crear una empresa bajo un modelo de societarios, en Py+ preparamos una práctica guía con la que podrá entender el significado de cada una de las sociedades que puede crear al momento de registrar una empresa y cuál es la que mejor se acomoda a su modelo de negocio.

Le interesa leer: Pasos y recomendaciones para crear una empresa en Colombia

En la siguiente guía usted podrá entender el significado de los tipos de derechos societarios, los beneficios de crear una empresa como persona jurídica, los tipos de societarios que puede conformar y cuáles son las características de cada una. Así, tendrá argumentos e información necesaria para la creación de empresas en Colombia.

Tipos de sociedades

¿Qué son los derechos societarios?

El derecho societario es todo aquello que guarda relación con la creación de sociedades, su funcionamiento, reorganización, desarrollo y actividades económicas comerciales en Colombia.

Gracias a los derechos societarios se rige todo acto mercantil de una empresa y se impide que las sociedades entren en conflicto o realicen trámites u operaciones que no estén dispuestas dentro del Código de Comercio de Colombia, salvaguardando el capital y las inversiones de las personas involucradas en la creación de empresas.

De igual manera, por medio de los derechos societarios las empresas podrán dejar en claro desde el primer día de su creación algunos temas como:

  • La construcción de una empresa
  • La patente comercial
  • Las reformas estatutarias (transformaciones, fusiones, adquisiciones, escisiones)
  • Disolución o liquidación de sociedades
  • Implementación jurídica de acuerdos de compra o venta de compañías
  • Acuerdos entre accionistas
  • Clases de acciones
  • Sucursales y establecimientos de comercio

Los beneficios de crear empresa como persona jurídica

Una persona jurídica es la existencia de una persona dotada de derechos y obligaciones, pero que no funge como un ciudadano, sino como una institución, organización o empresa que persigue un fin social con o sin fines de lucro.

Uno de los principales beneficios de crear una empresa como persona jurídica es la posibilidad de acceder a préstamos y créditos de diferentes instituciones financieras de forma más fácil, puesto que las instituciones financieras cuentan con un poco más de flexibilidad para conceder préstamos a este tipo de personas, que a las naturales.

Así mismo, crear una empresa como persona jurídica le brindará más confianza y credibilidad frente a sus clientes. Sumado a esto, tendrá la posibilidad de dar a conocer su emprendimiento como una empresa sólida, sin importar el tamaño, generando desde el primer momento un impacto, reconocimiento y seguridad frente a sus potenciales clientes.

Por otro lado, una persona jurídica tendrá la posibilidad de realizar alianzas o buscar uniones con otras empresas que le aporten ventajas competitivas en el mercado. Esto se traducirá en mayor crecimiento y mejores opciones de abarcar nuevos clientes en el entorno, consolidando la empresa en nuevos países.

Otro de los beneficios de las personas jurídicas, es la oportunidad que tienen de entrar en procesos de licitación con entidades del Estado, promoviendo la participación de su empresa en la generación de empleos y crecimiento de la economía del país.

¿Cuáles son los tipos societarios para la creación de empresas?

En Colombia existen varias formas para constituir una empresa. Una vez el emprendedor identifique la actividad económica en la que va a estar la empresa, el siguiente paso es establecer el número de personas que estarán en el proyecto empresarial y las responsabilidades de cada uno.

Es importante mencionar que las empresas unipersonales como las sociedades comerciales están reguladas por el Código de Comercio de Colombia y para conformarlas deben existir dos o más personas en cada una de las sociedades. A continuación, le exponemos los tipos de societarios que puede crear en Colombia y qué implicaciones tiene cada uno.


Tipo de societario ¿Qué es? Ventajas Desventajas
Sociedades de hecho Es la unión de dos o más personas que, en un acuerdo en común, concretan realizar algún tipo de aporte con el objetivo de realizar una actividad comercial.

Tenga en cuenta que las ganancias generadas se deben repartir entre los participantes.
- No tiene estatuto o acta de constitución, lo que facilita su creación. Es decir, se puede crear en común acuerdo de palabra entre las partes.


- Debido a que no tiene la responsabilidad de registrarse como tal, los socios ahorrarán gastos de constitución que conlleva este registro.


- Cuentan con la posibilidad de aplicar para un régimen tributario más económico. Es decir, no tributan impuesto de ganancias de forma directa sino por medio de los socios que conforman la sociedad.
- No pueden registrar bienes inmuebles y muebles a nombre de la sociedad.

- En cualquier momento, alguno de los socios puede pedir la disolución de la sociedad.


- No existen contratos, puesto que no son un requisito. La mayoría de las veces se realizan acuerdos de palabra.


- Este tipo de sociedades tendrán mayor dificultad para acceder a créditos o préstamos.
Sociedad colectiva Es una forma societaria en la que todos los socios, bajo una misma razón social, acuerdan participar con los mismos derechos y obligaciones, respondiendo solidaria y personalmente con las deudas sociales. Es decir, en caso de obtener deudas y no poderlas pagar con el capital de la sociedad, se comprometen a responder con su patrimonio personal según la proporción pactada. - No hay un máximo de socios que puedan participar de esta sociedad y todos entrarán en igualdad de condiciones.


- Para constituir este tipo de sociedad, no es necesario contar con un mínimo de capital.


- Los socios que pertenecen a este tipo de sociedades tienen derecho a votar en las decisiones, a no ser que desde el inicio de la sociedad se entregue el poder a una sola persona que decida por todos los involucrados.


- En caso de morir alguno de los socios, el negocio puede continuar si alguno de los accionistas compra la parte de la persona que falleció.
- Para aceptar a más socios en esta sociedad, debe existir aval de todos los participantes. De lo contrario no podrá ingresar nuevas personas, a no ser que la persona con el poder de decisión lo determine.


- La sociedad colectiva se disuelve si alguno de los socios fallece.


- Las posibilidades de acceder a créditos o prestamos será difícil.


- En caso de adquirir deudas y no contar con capital de la empresa para pagar, deberán pagar las deudas el patrimonio personal de cada uno de los socios que participan en la sociedad.
Sociedad en comandita simple Es una sociedad formada por dos tipos de socios. Los socios colectivos, quienes son los que aportan trabajo y que pueden aportar capital o no hacerlo.

Los socios comanditarios que son aquellos que aportan capital y su responsabilidad en la sociedad dependerá del aporte que brinden.
- Para constituir este tipo de sociedad, no es necesario contar con un mínimo de capital.


- La responsabilidad de los socios es diferente según el perfil. Los socios colectivos poseen la responsabilidad subsidiaria, personal y solidaria; los socios comanditarios solo poseen la responsabilidad del capital que aportan.


- Debido a la participación de los socios en el negocio, existe un factor motivacional que influye en el éxito de la sociedad.
- Si usted entra como socio comanditario no podrá ejercer un voto en las decisiones de la empresa.


- Los socios comanditarios responden ilimitadamente ante terceros de las deudas contraídas por la sociedad por parte de los socios colectivos.
Sociedad en comandita por acciones Es una sociedad mercantil cuyo capital social está dividido en acciones y estas están representadas en títulos de un mismo valor. Este tipo de sociedades se forma por los aportes que realizan los socios.

Las acciones estarán a cargo y serán manejados por uno de los socios y será la persona que responda por el buen funcionamiento de la sociedad.
- La constitución de la Sociedad en Comandita por Acciones se debe hacer por medio de escritura pública ante Notaría, la cual debe registrarse en la Cámara de Comercio.


- Tendrán la posibilidad de invitar a socios capitalistas para realizar inversiones en la empresa, con una mayor probabilidad de participación que en la sociedad de comandita simple.


- Toda la responsabilidad la asume la empresa, por tanto, los dueños no asumen las obligaciones con sus patrimonios o bienes personales.
- Las Cámaras de Comercio fijan un pago relacionado con los derechos de inscripción y los impuestos de determinada sociedad. Se debe contar con un capital para poder ingresar o conformar este tipo de sociedades.


- Como obligación debe contar con un revisor fiscal y una junta directiva, quienes ayudarán a administrar la sociedad.
Sociedad anónima Es una organización que se conforma por la reunión del capital de varios socios o inversionistas, donde todo el capital reunido de los socios se compone de acciones y se pueden transmitir de forma libre. - Los socios de este tipo de organizaciones no responden por las deudas de la sociedad.


- Las sociedades anónimas cuentan con la posibilidad de incluir nuevos socios o inversionistas de forma fácil.


- Los aportantes cuentan con la oportunidad de vender o ceder sus acciones de forma libre.


- Todos los socios, sin importar su participación en capital, tienen el derecho de estar informados sobre el funcionamiento y estado de la organización.
- Para constituir este tipo de sociedades, se debe contar con un mínimo de 5 personas.


- Cuenta con un mayor número de requisitos para constituirla establecidos por la ley.


- Para la aprobación de decisiones, debe existir una mayoría de votos de los presentes en las reuniones.


- La toma de decisiones pueden ser lentas, puesto que existe un debate previo de la junta de accionistas. Los costos para la constitución de una Sociedad Anónima son altos.
Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) Es una sociedad de carácter mercantil y su capital se forma por los aportes de los socios, quienes recibirán y tendrán una participación por igual en la sociedad. Este tipo de sociedad se conformó para eliminar las restricciones y problemas que presentaban las sociedades anónimas para las pymes. - Para constituir este tipo de sociedad, debe haber mínimo dos socios.


- Es un tipo de sociedad ideal para pequeñas y medianas empresas, pues tienen un régimen sencillo para su conformación.


- Si en algún caso la empresa no paga con sus propios medios las deudas adquiridas, el patrimonio de los socios que se verá comprometido será el correspondiente a sus aportes a la sociedad. Es decir, no expondrán su capital personal.


- La sociedad podrá transformarse y adoptar otro tipo de sociedad. Es decir, puede pasar de forma fácil a ser sociedad colectiva, en caso de superar los 25 socios conformantes.
- Solo podrá tener un máximo de 25 socios. Deberá contar con libros de contabilidad formales, ordenados y transparentes. No tiene la posibilidad de entrar a cotizar en la bolsa de valores, si así sus socios lo quieran hacer.


- Los socios no podrán pasar sus participaciones en la sociedad a otros socios de la organización. Deberá contar con escritura pública a la hora de transmitir las participaciones.


- Para la aprobación de las decisiones, deberá contar con la mitad de los votos más uno y así realizar los cambios deseados.

Crear sociedad en Colombia

Elija la que mejor se acomode a su idea de negocio

Si ya tiene su idea de negocio y quiere empezar con la garantía de tener todo legal, revise y entérese de cuál es el mejor tipo de sociedad que se ajusta a su empresa. Esta elección debe estar basada en el número de participantes, el capital que vayan a reunir, la responsabilidad que estén dispuestos a asumir los socios, el tipo de proyecto que tenga en mente, entre otros ítems que debe estudiar.

¿Por qué debe tener en cuenta el tipo de sociedad que conforme? Porque desempeña un papel importante al momento de buscar capital para el crecimiento de la empresa y porque le brindará facilidades para acudir a entidades financieras. Debido a esto debe ser cuidadoso y tener en cuenta el crecimiento planteado para elegir el tipo de sociedad que mejor se acomode.

Ahora que sabe qué es y cuáles son las ventajas y desventajas de cada una de ellas, no tendrá dudas de elegir la mejor opción y la que más le convenga a su empresa. Hacerlo desde el primer momento es la mejor decisión para estar bien y tener un proyecto a largo plazo.

Fuentes consultadas:

Presidencia. La creación de empresas en Colombia aumentó 2,1% durante 2019 - https://id.presidencia.gov.co

Cepefodes. 10 ventajas de tener tu empresa como persona jurídica - https://cepefodes.org.pe

Juanma Caurin. Tipos de empresas - https://www.emprendepyme.net

Cámara de Medellín. Guía de tipos de societarios - https://www.camaramedellin.com

Gabilos. Formas jurídicas de empresas - https://www.gabilos.com

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