Estos son los beneficios tributarios que el Gobierno estableció para su pyme

Estos son los beneficios tributarios que el Gobierno estableció para su pyme

El Gobierno colombiano decretó una serie de beneficios tributarios para las pymes, por la situación del COVID-19 ¿Quiere saber qué debe tener en cuenta para acceder a estos? Aquí se puede enterar.

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Calcule el ahorro de su empresa con estos beneficios tributarios

El pago de impuestos es un tema que produce dolores de cabeza, sobre todo en momentos como el actual, en el que la economía se ha visto comprometida. Por eso, y a raíz de la situación generada por el COVID-19, el Gobierno presentó una serie de beneficios tributarios que pueden aprovechar las empresas de la comunidad Py+ para el pago de sus obligaciones tributarias.

Gracias a estas medidas, los emprendedores tienen la posibilidad de planificar de forma más segura sus pagos y tener la opción de ahorrar dinero. Estos beneficios tributarios están reglamentados en el Decreto Ley 688 del 22 de mayo de 2020, donde se acuerdan nuevas fechas de pago de las obligaciones, reducciones de intereses, conciliaciones y acuerdos de pago.

¿Qué dice el Decreto 688 del 22 de mayo de 2020?

  • Tasa de interés moratoria transitoria

Para todas las obligaciones relacionadas con el Sistema General de la Protección Social, las empresas podrán realizar estos pagos hasta el 30 de noviembre de 2020, con una tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia.


  • Facilidades de pago abreviadas

Todos los contribuyentes tendrán la posibilidad de dividir el pago de sus declaraciones tributarias por los impuestos administrados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduana Nacionales (DIAN), hasta en 12 cuotas. Estos impuestos son los comprendidos entre el 1 de abril de 2020 y el 1 de julio de 2020. Para ser parte de este beneficio, las pymes deberán realizar la solicitud hasta el 6 de agosto de 2020.

Si alguna de estas dos opciones que brinda el Decreto para las pymes le favorece, es momento de iniciar con los procesos correspondientes y aprovechar las facilidades de pago que están brindando las entidades correspondientes y así cumplir con sus obligaciones financieras.

Planee el pago de sus obligaciones tributarias en el segundo semestre del año

Otra de las medidas que tomó el Gobierno a favor de las pymes de Colombia está relacionada con el nuevo cronograma para el pago de la segunda cuota del impuesto de renta para pequeñas y medianas empresas. Estas nuevas fechas están soportadas en el Decreto 655 del 13 de mayo de 2020.

Aquí deberá tener en cuenta los dos últimos dígitos del NIT (Número de Identificación Tributaria) y así realizar el pago de la segunda cuota, que iniciará el 9 de noviembre de 2020 y finalizará el 7 de diciembre de 2020.

Tabla de fechas para el pago de obligaciones tributarias del 2020

*Tabla tomada del Decreto 655 del 13 de mayo de 2020

Otra de las opciones que tienen las pymes radica en el Régimen Simple de Tributación (RST), que unifica una serie de obligaciones en búsqueda de aliviar las cargas de los empresarios, impulsar la formalidad de los negocios y ayudar al cumplimiento de cada una de las obligaciones tributarias de las pymes.

Impuestos como el Impuesto sobre la Renta, Impuesto de Industria y Comercio Consolidado (ICA) e Impuesto Nacional al Consumo, serán unificados y contarán con una tarifa más baja, correspondiente a la que se venía manejando. Una oportunidad que las pymes no pueden dejar pasar.

Registro en la DIAN para acceder a beneficios tributarios

Para ser parte de este beneficio, los miembros de la comunidad de emprendedores de Pymas podrán inscribirse en la página de la DIAN hasta el 31 de julio de 2020. Si aún no ha realizado este proceso, lo puede hacer aquí.

Tenga en cuenta las fechas del Decreto y busque la mejor forma de pagar sus impuestos a tiempo y evite acumular estas responsabilidades con el Estado que le pueden generar problemas en el futuro.

Fuentes consultadas:

Hay beneficios tributarios para negocios en 2020, conózcalos - https://www.misfinanzasparamin...

No te pierdas de los beneficios del RST, si ya cuentas con el RUT, tienes plazo hasta el 31 de julio - https://www.dian.gov.co/

Nuevo cronograma de pago de impuesto para micros, pequeñas y medianas empresas - https://www.larepublica.co/

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