La liquidación de prestaciones sociales en su empresa es un derecho de sus empleados

La liquidación de prestaciones sociales en su empresa es un derecho de sus empleados

Fecha de actualización: 12/12/2022

La prima, las cesantías y sus intereses son prestaciones sociales a las que tienen derecho los empleados de cualquier empresa. Por eso, liquidarlas según la norma, y tomando como base el salario mínimo vigente, es un deber de cualquier líder empresarial.


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Las prestaciones sociales son un beneficio que tiene cualquier empleado que es contratado por una empresa, entre ellas las pymes. Su liquidación en la fecha que indica la ley es un derecho laboral contenido dentro de cualquier modelo de contrato laboral y es la manera de reconocerle al trabajador su aporte a las ganancias de la compañía.

Una pyme que cumple con la correcta liquidación de prestaciones sociales de sus empleados no solo reconoce todo lo anterior, sino que se evita graves sobrecostos por faltar a este derecho.


Tabla de contenido:

  • Estas son las prestaciones sociales a las que tiene derecho un trabajador
  • ¿Cómo realizar una correcta liquidación de prestaciones sociales?
  • El salario mínimo es clave
  • Conozca "Mi Calculadora"


Estas son las prestaciones sociales a las que tiene derecho un trabajador

Prima de servicios: el pago de un salario mensual por cada año trabajado, o proporcional al tiempo que el trabajador se encuentre vinculado a la empresa. La mitad del salario, el último día del mes de junio y los otros quince días en los primeros 20 días de diciembre.

Cesantías: pago que es liquidado anualmente y consignado antes del 15 de febrero del año posterior a su causación en un Fondo de Cesantías, del que el trabajador puede retirar el dinero, parcial o totalmente para solventar necesidades como estudios propios, de su cónyuge e hijos y adquisición o mejora de vivienda, debidamente certificados.

Intereses a las cesantías: representados por el 12% del valor del auxilio de cesantías y se le entrega al empleado en el pago de nómina de enero del año siguiente al liquidado. Es un beneficio que se otorga en todo contrato laboral, sin tener en cuenta su tipo o duración de este.

Dotación: pagada a todo trabajador con contrato a término indefinido, o que en la época de su entrega haya laborado más de tres meses para la empresa y que su salario mensual sea inferior o igual a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes. La dotación consiste en un vestido y un par de zapatos de trabajo adecuado para la labor que se realiza. Debe entregarse tres veces al año.


También le interesa leer: ¿Qué modelo de contrato laboral debería implementar para que sus empleados estén satisfechos?


¿Cómo realizar una correcta liquidación de prestaciones sociales?

Hacer una liquidación de prestaciones sociales resulta más sencillo de lo que cree, por eso, en Py+ se lo mostramos con un ejemplo.

Tomemos el caso de Andrés, un empleado que gana $ 1’000.000 (un millón de pesos) y ha trabajado 116 días desde julio en una compañía. Entonces, las prestaciones sociales de Andrés se liquidarían de esta manera:

Es necesario tener en cuenta que en esta liquidación de prestaciones no se hizo un cálculo de dotación porque este beneficio no aplica dentro del salario que pusimos como ejemplo. Así, se tienen en cuenta comisiones, trabajo extra, recargos nocturnos, dominicales, festivos y auxilio de transporte (tal como lo pide la norma). Sin embargo, el auxilio de transporte no está contemplado dentro del cálculo de las vacaciones.

Liquidación De Prestaciones Sociales

Conozca "Mi Calculadora"

El Ministerio de trabajo pone a disposición de todos "Mi Calculadora" una sencilla herramienta con la cual los empleadores y trabajadores podrán generar un estimado de liquidación de prestación de servicios. En el siguiente link encotrará la herramienta, las instrucciones de uso y sus términos de uso: Ir a Mi Calculadora.

El salario mínimo es clave

Recuerde que todos los cálculos de las prestaciones sociales parten del salario, en especial el salario mínimo. Por eso, es importante que usted como líder de una compañía esté informado del incremento anual que tiene.

Algo esencial es que el salario mínimo no puede ser menor que el incremento en el índice de precios al consumidor (IPC), cifra que también se conoce como inflación, lo que significa que el salario mínimo del 2023 no podrá tener un incremento menor del 12 %.

Teniendo en cuenta lo anterior, el Gobierno Nacional determino que el salario mínimo mensual para el próximo año (2023), es de: $1.160.000 pesos (un incremento de $ 160. 000 con base en el del 2021).

Ahora que sabe cómo se define el salario mínimo, es claro el impacto que su aumento tiene en las prestaciones sociales de sus empleados, y también es claro lo que significa para ellos ser liquidados de forma correcta. Por eso, lo invitamos a que le cumpla a su equipo y desde ahora haga un cálculo de sus beneficios como prima y cesantías.

Referencia:

Portal: Salario Mínimo Colombia - www.salariominimocolombia.net/

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