Respalde la labor de sus trabajadores con la Planilla de Seguridad Social independiente

Respalde la labor de sus trabajadores con la Planilla de Seguridad Social independiente

La seguridad social es el mecanismo que garantiza a los trabajadores una mejor calidad de vida. Aprenda aquí a calcular los aportes de sus colaboradores gracias a la Planilla de Seguridad Social independiente.

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La seguridad social es un tema que genera dudas, sobre todo para aquellos que toman el rol de empleador. Si este es su caso, es importante que conozca cómo, cuándo y cuánto pagar por los aportes a pensión de sus colaboradores independientes.

Antes que nada, se debe tener muy claro la cobertura de la seguridad social en Colombia, esta comprende: afiliación y pago de salud, pensiones y riesgo laboral, además, algunos parafiscales compuestos por cajas de compensación familiar, ICBF y SENA.

En esta entrada hablaremos de aspectos relevantes sobre la seguridad social de sus trabajadores independientes, ya que es fundamental que como empleador esté al día en los aportes, así evitará pagar intereses y sanciones moratorias impuestas por las Administradoras de Pensión y la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP).

Tabla de contenido:

● ¿Qué es la planilla de seguridad social?

● ¿Qué dice la ley?

● ¿Cómo afiliar a un trabajador?

● ¿Cuánto y cuándo se debe pagar de salud, pensión y ARL?

¿Qué es la planilla de seguridad social?

La planilla de seguridad social es la herramienta que le permite realizar la liquidación de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y de Cesantías, a través de alguno de los diferentes portales intermediarios autorizados (ya sea como independiente o como pyme).

¿Qué dice la ley?

Actualmente, la ley que ampara el pago de Seguridad Social en trabajadores independientes es la Ley 1955 de 2019 en su Artículo 244, la cual dice:

Los trabajadores independientes deben cumplir con la ley del pago de la seguridad social.


De igual manera, es crucial tener en cuenta que, si usted es comerciante que contrata empleados como persona natural, tiene la doble condición de empleador y cotizante independiente, y debe cumplir así con las dos obligaciones. En este caso, debe cotizar la seguridad social bajo el Artículo 135 de la Ley 1735 de 2015, el cual dice:

Conozca los aportes de seguridad social independiente para su empresa

¿Cómo afiliar a un trabajador?

El empleador, sea persona natural o una empresa, deberá asegurarse de que el trabajador se inscriba en las distintas entidades que gestionan la seguridad social como EPS, fondos de pensiones y ARL, para así después poder afiliarlos.

Una vez afiliado el colaborador, el pago de las cotizaciones de salud, pensión y ARL se podrán realizar a través de la planilla de seguridad social desde la misma cuenta que el empleador tenga en el portal intermediario de su elección.

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¿Cuánto y cuándo se debe pagar de salud, pensión y ARL?

Debe tener en cuenta que los aportes a seguridad social deben hacerse cuando los ingresos netos, ya sean suyos como persona natural, o de sus empleados independientes, sean iguales o superiores al salario mínimo.

Como bien lo menciona el Artículo 135 de la Ley 1735 de 2015, el cálculo que debe hacer para definir el monto del aporte a seguridad social se determina sobre el 40 % de los ingresos del trabajador independiente. De este porcentaje se liquida el 16 % como aporte a pensiones, ARL desde el 0,52 % según el nivel de riesgo y un 12,5 % para salud. En cuanto al pago de parafiscales como independiente, los porcentajes se distribuyen de la siguiente forma: Caja de Compensación 4 %, SENA 2 % e ICBF 3 %.

Ejemplo:

El monto del aporte por pago de seguridad social depende los ingresos del trabajador.

Las fechas para realizar el pago de los aportes a seguridad social como independiente se determinan según las últimas dos cifras de su identificación, recuerde que el corte de este es mensual.

seguridad social integral a cargo de los trabajadores independientes

Para concluir, tenga en cuenta los siguientes puntos extra:

● El IVA no se incluye para determinar la base de cotización en independientes.

● Las empresas que tengan 4 trabajadores o más deben realizar el pago a través de la planilla electrónica de seguridad social.

  • Para pagos digitales es necesario tener cuenta de ahorros y/o corriente y solicitar en el banco la segunda clave.


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